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Si estás en RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) y quieres invertir, la buena noticia es: sí puedes.
Pero hay una regla clave que no puedes pasar por alto: no todas las inversiones “encajan” con RESICO. En concreto, la renta fija (intereses) suele ser compatible; la renta variable (dividendos y enajenación de acciones) no. Te lo explico claro, con ejemplos y lo que debes hacer para no llevarte sorpresas con el SAT.
1. Renta fija (sí es compatible): CETES, pagarés, SOFIPOs, cuentas de ahorro
Si tus inversiones generan intereses —como CETES, pagarés bancarios, o muchos productos de SOFIPOs— en general sí son compatibles con RESICO. ¿Por qué? Porque los intereses se consideran ingresos del capítulo de intereses y las instituciones normalmente hacen retenciones en la fuente, que funcionan como pagos provisionales. En muchas guías fiscales esto se separa del bloque de “enajenación de acciones/dividendos” que sí puede afectar tu régimen.
Ejemplo:
Sofía está en RESICO y pone $100,000 en CETES. Los intereses que recibe se reportan y la institución aplica la retención correspondiente; esa renta fija no la obliga a salir del RESICO si sus ingresos totales siguen dentro de los límites legales.
2. Renta variable (NO compatible): acciones, dividendos y enajenación en bolsa
Aquí está la parte más importante: si recibes dividendos o generas ganancias por vender acciones en bolsa, esos ingresos pertenecen a capítulos específicos de la Ley del ISR (enajenación de acciones / ingresos por dividendos) y pueden hacer incompatible tu permanencia en RESICO. El propio artículo que regula RESICO (Art. 113-E LISR) y la práctica administrativa indican que los ingresos provenientes de enajenación bursátil/dividendos no están contemplados para permanecer en este régimen.
Ejemplo:
Juan está en RESICO pero compra acciones y recibe dividendos. Al recibir dividendos o al vender con ganancia, se activa un tratamiento fiscal distinto; eso puede obligarlo a tributar fuera de RESICO (por ejemplo, en el régimen general o en el régimen para enajenación de acciones), según cómo y cuánto gane.
3. Casos intermedios y vehículos “seguros” (ETFs, fondos, planes)
Hay instrumentos y estructuras que pueden permitir exposición a la bolsa sin activar automáticamente la incompatibilidad —por ejemplo, ciertos fondos o vehículos regulados que no generan enajenación directa a tu nombre o que reinvierten rendimientos— pero esto depende mucho del vehículo y de su documentación.
No generalices: revisa la naturaleza del producto y pide a la institución el detalle de cómo se reportan los rendimientos (intereses vs. dividendos vs. ganancia de capital).
4. Ejemplos prácticos — para no perderte
Caso A (compatible): Laura (RESICO) invierte $50,000 en una SOFIPO y recibe $2,000 de intereses al año. Esto normalmente es compatible con RESICO; la SOFIPO aplica la retención correspondiente y Laura conserva su régimen.
Caso B (no compatible): Diego (RESICO) compra acciones y recibe dividendos por $30,000. Al tener dividendos, su ingreso entra en el capítulo de dividendos/enajenación y puede perder la posibilidad de tributar en RESICO; deberá migrar a otro régimen o ajustar su situación.
Caso C (posible solución híbrida): Ana quiere exposición al extranjero sin “salir” de RESICO. Analiza con su asesor invertir vía fondos que no repartan dividendos o mediante productos que reporten rendimientos como intereses. Esto puede funcionar, pero depende del producto y de cómo lo reporte la institución.
5. Recomendaciones prácticas (lo que debes hacer YA)
Antes de invertir, pregunta al intermediario qué tipo de rendimiento te pagarán (interés vs. dividendo vs. ganancia) y cómo lo reportan al SAT.
Si piensas en acciones o ETFs que reparten dividendos, considera que esto puede sacarte del RESICO; evalúa cambiar de régimen si te conviene.
Guarda constancias: retenciones, estados de cuenta, CFDIs (cuando apliquen).
Consulta con tu contador antes de abrir posiciones bursátiles: una operación que hoy parece pequeña puede afectar tu régimen.
Si ya recibiste dividendos, regulariza tu situación lo antes posible para evitar sanciones por incumplimiento.
Conclusión
Sí, puedes invertir estando en RESICO, pero con una regla de oro: manténte en inversiones de renta fija (CETES, pagarés, SOFIPOs que paguen intereses) si quieres conservar la compatibilidad con RESICO. Si tu estrategia implica acciones, dividendos o enajenaciones bursátiles, lo correcto es evaluar tributar en un régimen compatible con esos ingresos —no mezcles a la ligera o podrías perder beneficios del RESICO.
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